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¿Por qué hacer un testamento?

Por Ricardo del Monte Núñez

 

 

Durante los meses de Septiembre, todos los años, conforme a un convenio celebrado por el Colegio Nacional del Notariado Mexicano con la Secretaría de Gobernación, los Notarios de todo el país se unen a la campaña denominada: “Septiembre: Mes del Testamento”.

 

Esta campaña tiene un doble propósito: Por una parte, busca dar a conocer los beneficios de una responsable previsión, para después de la muerte, mientras que también procura una eficaz y segura testamentación a bajo costo.

 

Sin embargo, el testamento no sólo se puede hacer en septiembre. Se puede hacer durante todo el año.

Las preguntas que siempre me hacen son: ¿que es un testamento? y ¿por que hacer testamento?

 

En cuanto a la primer pregunta, la definición que nos da el Código Civil del Estado es que un testamento es un acto personalísimo, mediante el cual disponemos de nuestros bienes y derechos, o cumplimos deberes, para después de nuestra muerte.

 

Es decir, es un acto jurídico destinado a surtir sus efectos, no durante nuestra vida, sino hasta después de que hayamos fallecido. Dicho de manera simplista: un testamento es una “instrucción” que queremos se cumpla a nuestra muerte.

 

Como el testamento sólo surte efectos hasta que hayamos fallecido, el testar no significa que hayamos limitado nuestra posibilidad de disponer de nuestros bienes. En efecto, yo pudiera tener una casa, por ejemplo, señalar en mi testamento que sería para mi hijo pero, si antes de morir decido vender la casa, no tendré ningún impedimento, ni tampoco ninguna responsabilidad hacia mi hijo. Mientras yo no muera, lo dispuesto en el testamento no produce efectos.

 

El testamento no solo es un medio para disponer de nuestros bienes y derechos, sino también para el cumplimiento de nuestros deberes. Por ejemplo, si yo debo a alguien un dinero en vida, puedo disponer en mi testamento que mis herederos le paguen con el producto de lo que yo haya dejado. Si a mi me debían y ya me pagaron, puedo reconocerlo así en el testamento. Por eso, también se ha recurrido al testamento, para reconocer hijos, para perdonar deudas, para liberar hipotecas y otros actos de diversa índole.

 

También me han preguntado ¿por qué he de testar, si no tengo bienes? Aquí cabe tener presente lo antes dicho: en el testamento no sólo se dispone de bienes, sino que también se cumplen deberes y se ejercen derechos. Puede ser que no tenga bienes, pero que sí tenga algo mas preciado, hijos; que, siendo menores, convenga les designe un tutor para cuando yo falte.

 

Ahora bien, esta instrucción para después de mi muerte, que recibe el nombre de “testamento”, es un acto “personalísimo”; lo que implica varias situaciones: En primer lugar, se refiere a que nadie puede testar por otro. Para otorgar un testamento no se valen los poderes, ni los representantes.

 

Pero, por otra parte, también se refiere a que en el otorgamiento del testamento, no debe haber otra voluntad que la del testador. Por esa razón, en el momento de testar no deben estar presentes parientes, acreedores, ni personas que pudieran influir en la decisión del testador, o que pudieran coaccionarle para emitir su testamento de determinada manera.

 

Finalmente, en cuanto al ¿por que testar?, la respuesta suele ser mas bien obvia: por razones de previsión y de responsabilidad, para evitar posibles conflictos o para prever formas de resolver problemas que pueden surgir cuando ya no estemos para resolverlos. El otorgar un testamento no llama a la muerte, de igual manera que el obtener un seguro para mi carro no invita a que tenga un accidente en el.

 

Si a esto agregamos que el otorgar un testamento no causa impuestos, es de muy bajo costo y no nos quita mucho tiempo (mas o menos media hora), entonces, tal vez la pregunta debería ser: ¿por que no hemos hecho nuestro testamento?

 

 

 

 

El autor es Notario Público 8 en Tijuana

 

 

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